este tribunal segundo de primera instancia en funciones de control del circuito judicial penal de Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la república bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 282 del código orgánico procesal penal, en concordancia con los artículos 301 y 28, numeral 4, literal b eiusdem y en armonía con el artículo 20 ibidem y numeral 7 del articulo 49 constitucional, se ordena la desestimación de la denuncia formulada por el ciudadano JESUS OMAR MATERAN ANDRADE contra la ciudadana SIOLYS DEL CARMENRUZA MORENO, en su carácter de directora de recursos humanos de la gobernación del Estado Trujillo, ordenándose la remisión de las actuaciones a la fiscalía primera del ministerio público para su archivo.