este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Funciones de control del Circuito judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 282 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 198, 12 y 13 Eiusdem, 21, 26, 49.1 y 257 Constitucionales, se ordena la realización de un reconocimiento de voces,, en la cual será el objeto de reconocimiento la voz del imputado JORMAN LUIS VALERA ANDRADE y actuara como reconocedora la ciudadana VISLEYDY YRUBI RODRIGUEZ LAGUNA