PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial contra los ciudadanos JOSÉ RAMÓN DUQUE RODRÍGUEZ y ANDERSON ALEXANDER ANDRADE VALERA, por el delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la salubridad pública.
SEGUNDO: Declara CON LUGAR la solicitud de los imputados JOSÉ RAMÓN DUQUE RODRÍGUEZ y ANDERSON ALEXANDER ANDRADE VALERA, ambos plenamente identificados en autos, de otorgamiento de la suspensión condicional del proceso y en consecuencia, SE LES CONCEDE EL BENEFICIO DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, por un régimen de prueba de UN (1) AÑO, contado a partir de la fecha de la audiencia preliminar, con las siguientes condiciones:
1. Prohibición de consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas y de .....