este tribunal Segundo de Primera Instancia penal del circuito judicial penal del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 282, y último aparte del artículo 250 del Código orgánico procesal penal, en concordancia con los numerales 1, 2 y 3 del artículo 250 y 252 eiusdem y en armonía con los artículos 13 ibidem, 26, 255, 257 y 43 constitucionales, se decreta orden de aprehensión contra el ciudadano LUIS J. MARCHAN, por la comisión del delito de Homicidio calificado, previsto y sancionado en el artículo 406 en concordancia con el 80 del código penal, en agravio Andrés Eloy Altuve Garcia, Juan Carlos Cegarra Bastardo y José Manuel Dos Ramos Maestre, comisionándose para que practiquen la aprehensión Al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub - delegación Estadal Valera, debiendo trasladarlo al Departamento N ° 10 , comisaría N ° .....