ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Primero: Decreta Procedimiento Ordinario conforme al artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal Segundo: Se acuerda la Remisión de la presente causa a la Fiscalia Superior del Ministerio Publico a los fines de continuar con la investigación en el lapso legal. Tercero: Se decreta la Libertad sin restricciones al ciudadano Francisco Javier Briceño, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.611.305, de 34 años de edad, nacido en fecha 05-08-1971, natural de Trujillo Estado Trujillo, Soltero, Profesión Trabajo en Construcción, hijo de Ana del Carmen Briceño y Albino Mendoza, residenciado en el Sector Las Casitas de Monay Casa N° 65, Monay Estado Trujillo. Cuarto: Se acuerda lo solicitado por la Defensa y Ofíciese al Departamento N° 10 a los fines de informar de la decisión de esta misma fecha.
Trujillo Estado Trujillo, a los veinte (20) días del mes de Junio de dos mil se.....