PRIMERO: Se declara NO FLAGRANTE la aprehensión del ciudadano CARLOS ALBERTO VASQUEZ MORILLO, titular de la cedula de identidad Nº V- 6.369.650, por la presunta comisión de los delitos de LESIONES CULPOSAS. SEGUNDO: Se acuerda la tramitación de la presenta causa, por el Procedimiento Ordinario. TERCERO: Se Decreta Medida Cautelar al ciudadano CARLOS ALBERTO VASQUEZ MORILLO consistente de prohibición de cambiar de domicilio sin autorización del tribunal y cumplir con la obligación de presentarse cada vez que sea convocado por el Ministerio Público o por la autoridad judicial, todo conforme a lo previsto en los artículos 256 numeral 9 y 260, del Código Orgánico Procesal Penal