PRIMERO: ADMITE PARCIALMENTE la acusación presentada por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Publico en escrito interpuesto el 19 de noviembre de 2001 y posteriormente reformada en escrito interpuesto el 14 de mayo de 2003, contra el ciudadano EDGAR AUGUSTO PÉREZ BRICEÑO, antes identificado, por los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE CON ERROR EN LA PERSONA, previsto y sancionado en el articulo 405, en concordancia con el artículo 68, ambos del Código Penal, en agravio de la hoy occisa ciudadana Dalia Rosa Victora; HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE CON ERROR EN LA PERSONA EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el articulo 405 en concordancia con el articulo 80 segundo aparte eiusdem, cometido en agravio de la ciudadana Maria Gregoria Victora, y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 278 ibidem, en perjuicio del Orden Publico; en relación con los hechos cometidos bajo las circunstancias plenamente expresadas en el texto del presente fallo.
SEGU.....