ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decreta: Primero: Oída la admisión de los hechos por parte del imputado este Tribunal dicta sentencia condenatoria de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del acusado ciudadano JOSE SEGUNDO CASIANO OLIVARES GARCIA venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° 10.030.608, de 44 años de edad, Soltero, Profesión Albañil, hijo José Olivares, y Tomaza de Lidia del Carmen García, residenciado en Paramito detrás del Cementerio, casa N° 53 Trujillo, Estado Trujillo, a cumplir una pena de Un (01) Año, Siete (07) Meses y Quince (15) días de Prisión mas las accesorias de ley de conformidad con el artículo 16 del Código Penal. Segundo: se exonera al pago de las costas procesales conforme al artículo 272 del Código Orgánico Procesal Penal en virtud del procedimiento al cual se acogió el acusado, Tercero: se fija como fecha provisional del cumplimiento de .....