En consecuencia este Tribunal oídas las exposiciones de las partes y vistas las actuaciones, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Acuerda: Primero: Sustituye la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad bajo la cual se encuentra el ciudadano EDGAR ALEXANDER CASTELLANOS, por una medida Cautelar sustitutiva de Libertad. Segundo: de conformidad con el artículo 256 numerales 3, 4 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal decreta Medida Cautelar sustitutiva de libertad al ciudadano EDGAR ALEXANDER CASTELLANOS, consistente en Presentación cada 15 días ante el Tribunal, la Prohibición de Salir del estado Trujillo y la Prohibición de acercarse a las victimas ciudadanos Olga Delgado de Montilla y Nelson Enrique Valero Paredes. Tercero: Se acuerda librar cartel de Notificación a la victima para la realización de la audiencia preliminar de conformidad con el artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal y se fija audiencia p.....