DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, EN PRIMER LUGAR, ADMITE la acusación presentada por el Fiscal Quinto del Ministerio Público de este Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, contra los ciudadanos RUBEN DARIO REY SILVA, venezolano, de 22 años de edad, cédula de identidad N°, 17095687, natural de Valera estado Trujillo, residenciado en la urbanización Morón, sector 1, casa sin número Valera estado Trujillo y JOSE GREGORIO SILVA SANCHEZ, venezolano, de 26 años de edad, cédula de identidad N° 15952778, soltero, comerciante, natural de Valera estado Trujillo, residenciado en Motatán estado Trujillo, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Vigente. EN SEGUNDO LUGAR, ADMITE LOS MEDI.....