En consecuencia, partiendo de los anteriores razonamientos, este Tribunal de Juicio N° 1, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara SIN LUGAR, la solicitud hecha por el acusado, ciudadano JOSÉ LEONARDO ORTÍZ MATHEUS, titular de la cédula de identidad N° 19.102.656, asistido por su Defensor, Abogado Omer Leonardo Simoza González, de conformidad con lo establecido en los artículos 130 y 347 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes de la presente decisión, remitiendo anexo a cada boleta, copia de la misma. Cúmplase.