DISPOSITIVA
Con base en los razonamientos explanados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el Articulo. 264 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 8,9 y 243 ejusdem, los artículos 20 y 87 constitucionales y en armonía con los artículos 44.1 y 49.2 constitucionales, se acuerda revisar la medida cautelar de presentación decretada contra el ciudadano NELSON DAVIS OSUNA PAVON, en el sentido de cambiar el lugar de presentación para la prefectura del Municipio Miranda Calabozo, Estado Guarico, ubicada en la calle 5, entre carreras 12 y 13.
Publíquese, regístrese, ofíciese y notifíquese.
Trujillo 03 de Octubre de 2006
El Juez de Juicio N° 02
Abog. José Daniel Perdomo Duran
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