DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida al ciudadano, JOSE RAFAEL PEÑALOZA, de 44 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.170.976, nacido en Sabana de Mendoza, Municipio Sucre, Estado Trujillo, el 24-10-59, soltero, obrero, hijo de Rosario Briceño de Peñalosa y de Nicolás Peñalosa, Pérez, residenciado BARRIO SAN ISIDRO, CASA N° 17-07, FRENTE A LA DISIP, URBANIZACION MORON, VALERA, ESTADO TRUJILLO, por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACCION, previsto y sancionado en el artículo 460 en concordancia con el artículo 80 del Código penal en perjuicio de la ciudadana QUEVEDO MOLINA XIONICCIAde conformidad con lo establecido en el artículo 318 Primer Supuesto del numeral 3 del.....