Con base en los razonamientos explanados, este Tribunal Segundo Mixto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. HACE LOS SIGUIENTES PRINUNCIAMIENTOS: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Articulo 376 Ejusdem CONDENA al ciudadano ARGENIS ANTONIO RODRIGUEZ DURAN, ya identificado, a cumplir la Pena DE CATORCE AÑOS Y OCHO MESES DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal reformado, en agravio de quien en vida respondiera el nombre de PEDRO JOSE VALERA MONTILLLA Y HOMICIDIO SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACION , previsto y sancionado en el articulo 407 en concordancia con el 80 del Código Penal , en agravio de PEDRO LUIS HURTADO VILLEGAS, mas las accesorias de ley establecida en.....