DISPOSITIVA
Con base en los razonamientos explanados, este Tribunal Primero de Primera instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 13 eiusden, en armonía con los artículos 2, 26 y 257 Constitucionales, acuerda la devolución de las actas que conforman la causa, seguida al ciudadano ELKIS JAIR MORENO, al Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo.
Publíquese, regístrese.
Trujillo, 15 de Junio de 2006
El Juez de Juicio N° 02