ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LE DECRETE Sin Lugar la solicitud realizada de la abg. Maria c. Antonello, solicitando se pronuncie por escrito el tribunal, sobre la extinción de la acción penal y en consecuencia se decrete el sobreseimiento de la causa sin presencia de las partes, por lo que se acuerda decidir en presencia de las partes en la audiencia del juicio oral y publico pautada para el día 14 de Abril del año 2008 a las 02:00 de la tarde. Notifíquese a la victima y al fiscal así como líbrese la boleta de traslado correspondiente. Cúmplase.
El Juez de Juicio N° 03
El Secretario
Abg. Juleny Rosas Bravo
Abg. Oscar Briceño