El penado JORGE JOSE CASTELLANOS, se encuentra privado de Libertad desde el 05-12-2005 hasta 22-02-2006 y posteriormente desde el 19-06-2006 hasta la presente fecha, cumplirá su pena definitiva en fecha 02-10 - 2017. De lo cual se infiere que el mencionado ciudadano JORGE JOSE CASTELLANOS , titular de la Cédula de Identidad N° 5.791.510 podrá solicitar los siguientes beneficios:
A). DESTACAMENTO DE TRABAJO, cuando cumplan una cuarta (1/4) parte de la pena, en fecha 17-02-2009.
B). ESTABLECIMIENTO ABIERTO, cuando cumpla un tercio (1/3) de la pena, en fecha 02-12-2010.
C). LIBERTAD CONDICIONAL, cuando cumpla los dos tercios (2/3) de la pena, en fecha 02-12-2013.
D). CONFINAMIENTO, cuando cumpla las tres cuartas (3/4) partes de la pena, en fecha 217-11-2014.
Penas accesorias se desaplican al ser consideradas inconstitucionales por el Tribunal Supremo de Justicia .-
El penado seguirá cumpliendo la pena en el Internado Judicial de Trujillo.
Notifíquese a las partes de la p.....