Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de la ley acuerda la EXTINCION DE LA PENA al penado ciudadano JUAN CARLOS RODRIGUEZ PEÑA, titular de la cedula de identidad N° 16.279.676, por el delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO DE ROBO previsto en el artículo 479 del Código Penal, por cumplimiento de pena corporal y de conformidad con el artículo 105 del Código Penal, Se acuerda librar boleta de traslado al Tribunal para el dia 09- 07- 2.008 a las 8, 30.a.m. para imponerlo de decisión y luego concederle su libertad participando al centro de reclusión. Ofíciese lo conducente