Por las razones antes expuestas este Tribunal Prtimero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REALIZA EL COMPUTO DE PENA del ciudadano: ISMAEL NAVA GRATEROL titular de la cédula de identidad N° 16.882.928, condenado a cumplir la pena de DOS ( 02) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el articulo 03 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores , por procedimiento de admisión de hechos, en el presente caso, se declara expresamente que no procede la suspensión condicional de la ejecución de la pena, en razón a que se encuentra procesado ante el Tribunal de Juicio por el presunto delito de ACTO FALSO, conforme al artículo 494 del Código adjetivo penal.
Notifíquese a las partes de la presente decisión, y a las demás au.....