De autos se evidencia que el penado JORGE LUIS CASTILLO LUGO titular de la cédula de identidad N° 15.274.432 desde el dia 13 de Abril del 2.006 se encuentra evadido , obviamente que el beneficio debe ser revocado y en consecuencia se ordena ratificar la orden de captura oficiando a los diversos cuerpos encargados de captura a los fines que una vez aprehendido sea remitido al Internado Judicial de Trujillo a la orden del Tribunal con debida participación , por ello se declara con lugar el pedimento fiscal y así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de la ley. Ofíciese lo conducente. Cúmplase