Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y autoridad de la ley, otorga el beneficio de prelibertad de REGIMEN ABIERTO al penado ciudadano: penado JOSE VIDAL MOLINARES PEREZ , titular de la cedula de identidad Nª 25.631.848, de 22 años de edad, constructor, soltero, con residencia de su apoyo familiar La Gira parte alta, Municipio Rafael Rangel del Estado Trujillo con fundamento legal en los artículos 65 de la Ley de Régimen Penitenciario en concordancia con el primer aparte del articulo 500 del Código Orgánico Procesal Penal,, quien deberá pernoctar en el CENTRO DE TRATAMIENTO COMUNITARIO PROF. JOSE ANTONIO CARREÑO en el Estado Trujillo.
Notifíquese a las partes . Hágase las participaciones que en justicia corresponde