Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley SE EJECUTA sentencia condenatoria y firme el Tribunal de Control 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, en la que se dicto sentencia CONDENATORIA en la causa seguida al penado JORGE JOSE JEREZ, CI 16533758, donde se dictó sentencia CONDENATORIA por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el articulo 277 DEL CÓDIGO PENAL, a cumplir la pena de UN AÑO Y SEIS MESES de prisión y las accesorias legales correspondientes previstas en el artículo 16 del Código Penal, referidas a: 1º) la inhabilitación política durante el tiempo de la pena; y 2°) la sujeción a la vigilancia de la autoridad por la quinta parte del tiempo de la condena, terminada ésta, por procedimiento de admisión de hechos. SEGUNDO: Se Ordena La Tramitación De La Suspensión Condicional De La Ejecución De La Pena Como Medida Alternativa Al Cumplimiento De Pena. TERCERO: NO existen costas por .....