Notifíquese a todas las partes de la presente decisión y por cuanto el penado se encuentra recluido en el Internado Judicial del Estado Trujillo, se acuerda imponerlo el día 07/09/06 a las 10:00 de la mañana. Remítase copia certificada de la presente decisión al Internado Judicial del Estado Trujillo igualmente a la Dirección de la División de Antecedentes penales-Ministerio del Interior y Justicia, Dirección de Rehabilitación y Custodia del Recluso-Ministerio de Interior y Justicia, Dirección de Ejecución y Sanciones Penales- Ministerio de Interior y Justicia, el representante fiscal y la defensa. Ofíciese lo conducente.
La Juez de Ejecución N° 02
El Secretario de guardia
Abg. Lexi Matheus
Abg. María Alejandra Moreno