DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal., en concordancia con los artículos 20 y 53 del Código Penal, DECRETA: PRIMERO: EL OTORGAMIENTO DE LA GRACIA DE CONFINAMIENTO al penado MADIXON ALEXANDER FRANCO FLORES, venezolano, titular de cédula de identidad N° 16.881.280, de 24 años de edad. SEGUNDO: Verificados los extremos de los mencionados artículos 20 y 53 del Código Penal, procede la conmutación del resto de la pena que es de TRES (03) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y DIECISEIS (16) DÍAS, con aumento de la tercera (1/3) parte, es decir; de UN (01) AÑO, TRES (03) MESES Y CINCO (05) DÍAS, resultando en CINCO (05) AÑOS Y VENTIUN (21) DÍAS el tiempo de pena por c.....