DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, acuerda REFORMAR el CÓMPUTO DE LA PENA practicado al ciudadano SILVIO JOSÉ BRICEÑO, practicado por este tribunal en fecha 3-4-2007 (folio 107) al haberse acordado la procedencia de fórmulas alternativa de cumplimiento de pena cuando legalmente no es procedente dada la prohibición contenida en el parágrafo único del artículo 458 del Código Penal, todo de conformidad con el último aparte del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes de la presente decisión. Impóngase al penado. Remítase copia certificada del presente cómputo al Internado Judicial de Trujillo y a las partes. Provéase lo conducente