este juzgador, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, acuerda: EJECUTAR la referida Sentencia, dictada contra el ciudadano ERNESTO DANIEL BENCOMO, venezolano, titular de la cédula de identidad V-18.348.220, nacido el 16 de julio de 1984, soltero, natural de Valera, estado Trujillo, de profesión u oficio trabajador en construcción, hijo de Laura Bencomo, residenciado en Escuque, sector Las Rurales, calle Santa Cecilia, a dos cuadras de la cancha, casa color rojo Nº 2654, estado Trujillo, en la cual resultó condenado a cumplir la pena corporal de SIETE (7) AÑOS Y CUATRO (4) MESES DE PRISIÓN, además de las penas accesorias establecidas en el artículo 13, numerales 1 y 2, del Código Penal. La presente sentencia se ejecuta conforme a lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando establecido como lugar de reclusión para el cumplimiento de la misma el Internado Judicial de Trujillo, a tal efecto se advierte que comenzará a .....