Por las razones expuestas este TRIBUNAL DE CONTROL Nº 01 DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la presente causa seguida al adolescente , venezolano, titular de la cedula de identidad N° , por el delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes de Delito, previsto en el artículo 470 del Código Penal en agravio de. Quedan los presentes debidamente notificados de lo acordado, se ordena notificar a la Víctima. Cúmplase lo Ordenado. Déjese constancia de la presente Resolución.-
El Juez de Control
Abg. Jesús Amado Rivero Álvarez
La Secretaria
Abg. Yrliana David Carmona
TP01-D-2007-000068