Por las razones expuestas a lo largo de esta resolución, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio, Sección Adolescentes, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Acuerda: PRIMERO: Declarar SIN LUGAR la Sustitución de la medida cautelar Privativa Judicial de Libertad impuesta al ciudadano Adolescente ..., solicitada por su abogado de confianza Gladimiro Uzcategui, ya identificado, al considerar que no han transcurridos los tres meses máximos de duración establecido en el parágrafo segundo del artículo 581 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.- SEGUNDO: Consecuencialmente Mantener la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad del prenombrado adolescente acusado, la cual cumple en el Centro de Responsabilidad de Adolescente Varones. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Por cuanto el ad.....