Por las razones de hecho y derecho expuestas a lo largo de esta resolución, este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, efectuada la revisión de la medida, declara la Improcedencia de la sustitución de la Privación de Libertad impuesta como sanción a los jóvenes _____ ya identificados, al estar cumpliendo la medida impuesta con los objetivos fijados y no ser contraria al proceso en desarrollo de los sancionados. Se acuerda oficiar al Internado Judicial del Estado Trujillo, comunicándole de la decisión tomada en el día de hoy, anexándose copia de la decisión.