Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia, Sección Adolescentes, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en función de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Declara:
Primero: Justificado el incumplimiento de la medida que cumplía el adolescente sancionado ____, identificado en actas.
Segundo: Declara Con Lugar la Solicitud hecha por la abogada defensora Odalis Flores Blanco, y consecuencialmente Procedente la Modificación de las medidas que cumple el prenombrado adolescente, quedando modificada las Reglas de Conducta Impuestas, tal y como quedo explanado ut supra, manteniéndose igual la medida de Libertad Asistida simultáneamente impuesta