El adolescente ____ ya identificado, cumplirá las medidas impuestas tomándose como fecha de inicio de la medida la fecha de imposición de la sanción para el día de hoy Lunes 02 de junio de 2008, finalizando la medida de Libertad Asistida, fijada por el lapso de DOS (2) AÑOS, el día 02 de junio de 2010 y la medida de SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de SEIS (6) MESES, el día 02 de diciembre de 2008.
Notifíquese de la reformulación de dicha resolución al Ministerio Público, a las víctimas, al joven sancionado y a su defensor, a los fines de que hagan las observaciones que consideraren procedentes dentro del lapso de cinco (05) días siguientes a su notificación, tal como lo señala el aparte primero del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión que hace el aparte único del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrense las boletas de notificación, cúmplase lo ordenado.-