ACUERDA: 1) El traslado del adolescente ____ al Centro de Responsabilidad Adolescentes Varones Carmania, a los fines de que continúe cumpliendo la sanción. Se ordena dejar sin efecto la orden de captura librada. Ofíciese al Director del Centro de Responsabilidad Adolescentes Varones Carmania, informando lo conducente. Ofíciese al departamento Policial No.38, a fin de que lo traslade al CRAV. 2) Reformar el cómputo de la sanción, tomando en cuenta el lapso de seis (06) meses cuatro (04) días transcurridos desde el día de la evasión (04-08-07) hasta el día de hoy, por lo que conforme a la ultima parte del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, traído por aplicación del aparte único del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, procede a establecer como fecha de culminación de la medida el día veintidós (22) de Diciembre de dos mil nueve (2009).