Por las razones y fundamentos de hecho y de derecho expuestos a lo largo de la presente decisión este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, Seccional Adolescentes, en Función de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: La Cesación de la Sanción, conforme al artículo 647.h de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes que cumplía el adolescente sancionado ____ ya identificado, impuesta por el delito de Lesiones Graves, previsto en el artículo 415 del Código Penal.- Ofíciese al Equipo Multidisciplinario Adscrito al Sistema Penal de Responsabilidad a los fines del cierre del expediente administrativo. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Líbrense boletas de notificación. Cúmplase lo ordenado.