Por las razones y fundamentos de hecho y de derecho, expuestos a lo largo de la presente decisión, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, Seccional de Adolescentes, en Función de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: La Cesación de la Sanción, conforme al artículo 647, literal “h”, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente que cumplía el joven sancionado, ____ titular de la Cédula de Identidad Nº ____ venezolano, nacido en fecha ____ natural de Valera Estado Trujillo y residenciado en ____; hijo de ____impuesta por el delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal vigente para el momento de la sanción, en agravio del ciudadano Alfonso Díaz. Ordena: El regreso de la situación del ciudadano ____ a su estado natural antes de la imposición de la medida .....