DISPÓSITIVA
En base a las consideraciones de hecho y derecho expuestas, este Tribunal en ejercicio de la función controladora de la ejecución de las medidas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA; 1.-PROCEDENTE OTORGAR AUTORIZACIÓN para que el joven, ya identificado continúe sus Estudios Superiores y para ello “.2.-: MODIFICA LA SANCIÓN de Privación de Libertad por la MEDIDA DE SEMI LIBERTAD, impuesta al adolescente EUDO LEONARDO MATOS MATOS haciéndose efectivo su traslado al “Instituto Universitario De tecnología “ Mario Briceño Iragorry” ubicado en la avenida 10 con calles 4 y 5 Edificio “IUTEMBI” Valera Estado Trujillo única y exclusivamente los días VIERNES DESDE LAS 2:00 PM A 6 P.M. Y LOS SABADOS DE 07:00 A.M A 4 PM a partir del inicio de clase acompañado de un guía de dicho centro, con la ADVERTENCIA: que deberán .....