En consecuencia el adolescente ____ ya identificado, cumplirá la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD por el lapso de UN (1) AÑO y SEIS (6) MESES, en el Centro de Responsabilidad de Adolescentes Varones Carmania y sucesivamente la Medida de Libertad Asistida por el lapso de UN (01) AÑO. Para determinar el cómputo se tomará como fecha de inicio de la medida la fecha de imposición de la sanción, que se fija para el día MIERCOLES 01 de ABRIL de 2009, a las 11:30 de la mañana, por lo que finalizaría la Privación de Libertad en fecha 01 de octubre de 2010, pero observándose que el sancionado se encuentra privado preventiva e ininterrumpidamente de su libertad desde el día 21 de DICIEMBRE de 2008, hasta el día 01 de ABRIL de 2009, fecha en que se impondrá la ejecución de la sanción y el presente cómputo, debe tomarse esta lapso como de sanción cumplida, fijándose por ello como fecha de finalización de la medida de Privación de Libertad el 21 de JUNIO de 2010, y sucesivamente la medida .....