Por las razones de hecho y derecho expuestas a lo largo de esta resolución, este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, AUTORIZA el traslado del Joven ____venezolano, titular de la Cédula de identidad Nº ____ de ____años edad, nacido en fecha ____soltera, grado de instrucción ____del Ciclo diversificado, Residenciada en ____ oficiar al Departamento Policial Nº 10 de Trujillo, Estado Trujillo, el día de ____ para su evolución médica; así mismo, se AUTORIZA el reposo domiciliario, observando que el joven se encuentra sujeto a un Plan Individual que no puede detenerse indefinidamente, aunado a la necesidad de realizar la evaluaciones y demás diligencias para su recuperación total, en ejercicio de su derecho para los Contactos Familiares, se acuerda el permiso de pernocta en su domicilio por el lapso de SEIS (06) SEMANAS, a lo fines de mantener la contin.....