PRIMERO: MEDIDA DE PROTECCIÓN a la continuidad de la producción agraria, a favor de los ciudadanos MATERANO PETRA MARÍA y VALERA MATERANO ANDRÉS RAMÓN, desarrolladas por los ciudadanos anteriormente mencionados, sobre un lote de terreno ubicado en el punto denominado "La Placita", Parroquia Bolivia, Municipio Candelaria del estado Trujillo, cuyos linderos generales son los siguientes: CABECERA: Con terrenos que son o fueron de Quintilio Rosales, separa cerca de alambre; PIE: Con terrenos que son o fueron de Dominga Gil, separa cerca de alambre y piedra; COSTADO DERECHO: Con terrenos que son o fueron de Demetrio Materano, divide cerca de alambre; COSTADO IZQUIERDO: Con terrenos que son o fueron de Chiquinquirá Pichardo, divide cerca de alambre y zanjón, dicha propiedad tiene una extensión aproximada de Cinco (05) hectáreas