PRIMERO: LA INCOMPETENCIA para conocer la apelación, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución Nro. 2009-006, del 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, Publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 39.152, del jueves 02 de abril de 2009.
SEGUNDO: SE ACUERDA remitir este expediente al Juzgado Superior Civil de esta Circunscripción Judicial a fin de que conozca y resuelva la apelación ejercida en el presente juicio