D E C I S I Ó N
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
Primero: IMPARTE LA HOMOLOGACION A LA PARTICION celebrada en esta causa, Demandante: BUSTOS SUAREZ NELSON DE JESUS. Demandado: VALERO RONDON ODALIS DEL ROSARIO, ya identificados.
Segundo: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.
Tercero: No se ordena el Archivo de la presente causa hasta tanto no conste en autos lo acordado.
Cuarto: Déjese copia para el archivo de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Cópiese. Dada, firmada y sellada en la Sede donde despacha este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo. En Trujillo, a los veintidós (22) días del mes de marzo de dos mil veinticuat.....