D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la excepción perentoria de fondo de PRESCRIPCIÓN de la acción intentada, opuesta por los codemandados de autos ENCARNACION PIÑA y la Empresa Mercantil INVERSIONES PIPER, C.A., identificados en autos.
SEGUNDO: Se declara PRESCRITA la acción ejercida por el ciudadano Lorenzo de Jesús Hidalgo Valladares, en contra de los ciudadanos FANNY FLOREZ MONTAÑEZ, ENCARNACION PIÑA y la empresa INVERSIONES PIPER, C.A., identificados en autos, por el Cobro de HONORARIOS PROFESIONALES DE ABOGADO Y COBRO DE COSTAS PROCESALES causados en el expediente Nº 8854-04, seguido por la ciudadana Fanny Florez Montañéz de Méndez, en contra de Encarnación Piña y.....