D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la Acción Mero Declarativa de existencia de Relación Concubinaria, intentada por la ciudadana Juana María Valecillos Montilla contra de los ciudadanos Jorge Antonio Delgado Valecillos y Yelitza Carolina Delgado Valecillos, ambos plenamente identificados en autos, en su condición de HEREDEROS CONOCIDOS del causante Alfredo Antonio Delgado.
SEGUNDO: SE DECLARA que existió una relación concubinaria entre los ciudadanos Juana María Valecillos Montilla Alfredo Antonio Delgado, antes identificados, desde al año 1.975 hasta el día 17 de Marzo del año 2.013.
TERCERO: De conformidad con lo previsto en el ordinal 2º del artículo 507 del Có.....