DECISIÓN
Por las razones que anteceden, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, se declara:
1.- Que no acepta la competencia que le fue declinada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, razón por la cual se declara INCOMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta el 27 de enero de 2015 "en protección de los derechos colectivos y difusos de los habitantes del Municipio Valera del Estado Trujillo", por los ciudadanos RAFAEL ANGEL ALBORNOZ ORELLANA, OSCAR ELY VASQUEZ COOZ, HENRY JOSE SANTOS BLANCO y JOSE LEONARDO TORRES VIERA, con cédulas de identidad Nos 5.100.914, 2.628.167, 10.315.848 y 11.615.783, respectivamente; contra el Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo Hábitat y Vivienda, a través de la Dirección Regional de.....