D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO correspondiente a los ciudadanos MANUEL ANTONIO DE LA TORRE y TERESA DE JESÚS TORRES RIVAS la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por la Prefectura de las Parroquias La Puerta y Mendoza del Municipio Valera, Estado Trujillo, bajo el N° 31 del año 1.949
SEGUNDO: Se ordena oficiar Se ordena oficiar tanto a la Alcaldía del Municipio Valera, como al Registrador Principal, ambos el Estado Trujillo, a fin de que se corrija en la referida Acta de Matrimonio el nombre de la solicitante de autos, en el sentido siguiente: Donde se asentó sus nombres y apellidos como:.....