D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por Divorcio en fundamento a la causal prevista en el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, que intentó la ciudadana María Rosalía Coromoto Vitora Barreto, contra del ciudadano Felipe José Ochoa, ambos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos Felipe José Ochoa y María Rosalía Coromoto Vitora Barreto, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia La Vega del municipio Libertador, Caracas.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas al demandado de autos por haber.....