realizada por la parte demandada resulta IMPROCEDENTE. Y así se declara.
Y como quiera que la actuación de fecha 30 de mayo del año en curso, fue suscrita por la co-demandada ciudadana Yennifer Abreu, asistida por el abogado en ejercicio José Briceño, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 13.217, este Tribunal, en consecuencia, la tiene como citada tácitamente, conforme a lo establecido en el artículo 216 del Código de Procedimiento Civil, desde el 30 de mayo del año en curso. Así se declara.-
El Juez Titular,
Abg. Adolfo Gimeno Paredes. La Secretaria Titular
Abg. Diana Isea Briceño.
AGP/nvam.-