D I S P O S I T I V A
En fundamento a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de Amparo Constitucional intentada por el ciudadano DAIRO ALBERTO MEDINA DAZA, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad número 4.539.034, en contra de las ciudadanas ILSA MERCEDES SALINAS DE ESCALANTE, con cédula de identidad Nº 3.739.563 y MARIELA HERNANDEZ, con cedula de identidad Nº 9.320.206, respectivamente, por la violación a los derechos constitucionales del solicitante, referidos al derecho a la defensa, al debido proceso, y a la garantía de la tutela judicial efectiva, consagrados en los artículos 49 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: Se ORDENA a las .....