este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrado Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Parcialmente con lugar los reparos formulados por el apoderado judicial de la parte demandad a la experticia complementaria del fallo de fecha 09 de julio del 2.008. SEGUNDO: Se determina como estimación definitiva de la cantidad indexada, la suma de OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOS DIEZ BOLIVARES SIN CENTIMOS (81.910,00 Bs.). Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez Titular,
Abg. Adolfo Gimeno Paredes.
Los Expertos,
Ing. Javier Araujo Ing. Jhon E. Quevedo
La Secretaria Titular,
Abg. Diana Carolina Isea Briceño