D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, con sede en Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por los demandados de autos, ciudadanos JOSE LUGO GONZALEZ Y AUXILIADORA DE LUGO, ambos identificados en autos, en contra de la decisión dictada en fecha 09 de julio de 2.010, por el Juzgado de los municpios Trujillo, Pampan y Pampanito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por ENTREGA DE INMUEBLE ARRENDADO POR VENCIMIENTO DE PRORROGA LEGAL, intentó el ciudadano HECTOR CONRADO MORILLO YANEZ, en contra de los ciudadanos: JOSE LUGO GONZALEZ y AUXILIADORA DE LUGO, todos plenamente identificados en autos.
TERCERO: SE CONDENA a los codemandados de.....