D I S P O S I T I V A
Por todos los argumentos antes explanados, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación formulada por la parte demandante en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Primero de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en fecha 30 de junio de 2.008.
SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE NULA la cláusula décima quinta del contrato de arrendamiento que consta en documento autenticado ante la Notaria Pública Segunda del Municipio Autónomo Valera del estado Trujillo, en fecha 23 de enero de 1998, e inserto bajo el número 34, tomo 10 de los libros de autenticaciones llevados por esa notaria, en lo que s.....